{"id":149312,"date":"2022-07-28T14:41:19","date_gmt":"2022-07-28T12:41:19","guid":{"rendered":"https:\/\/www.foment.com\/contraproduent-innecessaria-creacio-dos-nous-impostos-focalitzats-energetic-bancari\/"},"modified":"2022-07-28T14:55:54","modified_gmt":"2022-07-28T12:55:54","slug":"contraproduente-innecesaria-creacion-dos-nuevos-impuestos-focalizados-energetico-bancario","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.foment.com\/es\/contraproduente-innecesaria-creacion-dos-nuevos-impuestos-focalizados-energetico-bancario\/","title":{"rendered":"Foment valora que es contraproducente e innecesaria la creaci\u00f3n de los dos nuevos impuestos focalizados en el sector energ\u00e9tico y bancario"},"content":{"rendered":"<section class=\"wpb-content-wrapper\"><p>[vc_row][vc_column][vc_column_text]<\/p>\n<ul>\n<li><strong>El importante incremento de la recaudaci\u00f3n tributaria de un 16,7% pose de manifiesto que no hay que subir la presi\u00f3n fiscal, m\u00e1s bien el contrario, habr\u00eda que deflactar la tarifa del IRPF para que los espa\u00f1oles no paguen m\u00e1s impuestos solo a causa de la inflaci\u00f3n.<\/strong><\/li>\n<li><strong>Foment no comparte el concepto de \u201cbeneficios ca\u00eddos del cielo\u201d aplicados a estos dos sectores.<\/strong><\/li>\n<li><strong>Foment expresa la preocupaci\u00f3n por la carencia de seguridad jur\u00eddica que se puede derivar de estas nuevas figuras tributarias y, incluso, su posible inconstitucionalidad.<\/strong><\/li>\n<li><strong>Sorprende que a pesar de que se hable de beneficios extraordinarios, el hecho imponible se basa en el volumen de ventas en el caso energ\u00e9tico, o el conjunto de intereses y comisiones, en el caso de los bancos.<\/strong><\/li>\n<\/ul>\n<p>Foment del Treball muestra nuevamente su<strong> rechazo a la creaci\u00f3n de impuestos espec\u00edficos para determinados sectores como la banca y la energ\u00eda, <\/strong>que considera contraproducentes puesto que agraviar\u00e1n la actual y dif\u00edcil situaci\u00f3n de la econom\u00eda.<\/p>\n<p>En este sentido, hay que recordar el an\u00e1lisis hecho por el Instituto de Estudios Econ\u00f3micos que cifra una <strong>contracci\u00f3n de la actividad por las medidas hoy presentadas en el Congreso de los Diputados por valor de cinco mil millones (0,4 puntos del PIB). Es especialmente relevante el impacto de arrastre hacia otros sectores que ser\u00e1 mucho m\u00e1s significativo que no el impacto en el sector directamente afectado.<\/strong><\/p>\n<p>En t\u00e9rminos de ocupaci\u00f3n, este impacto se estima en una <strong>p\u00e9rdida de 72.000 personas ocupadas (0,4% de la ocupaci\u00f3n).<\/strong> Este impacto laboral ser\u00e1 nuevamente m\u00e1s relevante en el resto de sectores que en el sector directamente afectado.<\/p>\n<p>Seg\u00fan la informaci\u00f3n de que la medida se aplicar\u00e1 durante dos a\u00f1os consecutivos, este impacto se estima, seg\u00fan tabla input-output, en casi el doble.<\/p>\n<p>Foment manifiesta su sorpresa por la expresi\u00f3n de \u201cbeneficios ca\u00eddos del cielo\u201d cuando, en cambio, <strong>no se ha hablado de p\u00e9rdidas ca\u00eddas del cielo, cuando o bien el precio de la energ\u00eda asumi\u00f3 ca\u00eddas de precios significativas durante los primeros meses de la pandemia, o bien cuando los sistemas bancarios, especialmente los europeos y particularmente el espa\u00f1ol, tuvieron que sobrevivir con tipos de inter\u00e9s nominales negativos. <\/strong>Estas circunstancias excepcionales de una pol\u00edtica monetaria muy laxa se reflejaron en la bajada de las cotizaciones burs\u00e1tiles de las entidades financieras, que sufrieron sus accionistas.<\/p>\n<p>En este sentido, el IBEX bancario a 31 de diciembre de 2015 se situ\u00f3 en 705,50 y, casi siete a\u00f1os despu\u00e9s, el 30 de junio de 2022 el valor del conjunto bancos participantes en el IBEX 35 se redujo en un 34,4% (ver el gr\u00e1fico):[\/vc_column_text][vc_single_image image=\u00bb149304&#8243;][vc_column_text]La subida de los tipos de inter\u00e9s, acerc\u00e1ndolos a tipos m\u00e1s neutrales como consecuencia de la elevada inflaci\u00f3n, supone la normalizaci\u00f3n de la actividad financiera con precios (tipos de inter\u00e9s) habituales. <strong>En ning\u00fan caso se puede hablar de \u201cganancias ca\u00eddas del cielo\u201d, y todav\u00eda menos razonable ser\u00eda, seg\u00fan informaciones period\u00edsticas, grabar sobre vol\u00famenes de actividad que nada tienen que ver con unos supuestos \u201cbeneficios extraordinarios\u201d.<\/strong> Foment quiere recordar que todos los beneficios, ordinarios y extraordinarios pagan impuestos mediante el impuesto sobre sociedades, o el IRPF, en su caso. <strong>Sorprende que a pesar de que se hable de beneficios extraordinarios, el hecho imponible se basa en el volumen de ventas en el caso energ\u00e9tico, o el conjunto de intereses y comisiones, en el caso de los bancos.<\/strong><\/p>\n<p><strong>En el \u00e1mbito del sector el\u00e9ctrico, Foment manifiesta su preocupaci\u00f3n por el hecho de que se puedan establecer medidas que tengan afectaci\u00f3n sobre la competencia<\/strong> si se discrimina por alguna variable relevante.<\/p>\n<p>Finalmente, Foment, como ya expres\u00f3 el pasado 13 de julio con motivo del debate de pol\u00edtica general cuando se anunciaron estas medidas, considera que <strong>la imprecisi\u00f3n de las medidas, la incertidumbre y la volatilidad elevada del mercado, y la carencia de seguridad jur\u00eddica y de predictibilidad de las medidas propuestas han ampliado el efecto perjudicial a la imagen reputacional y credibilidad del pa\u00eds, <\/strong>puesto que estas medidas tendr\u00e1n su impacto sobre los inversores.<\/p>\n<p><strong>Esta futura norma probablemente pueda acontecer inconstitucional.<\/strong> Adem\u00e1s, con el fuerte incremento que ha experimentado la recaudaci\u00f3n tributaria de un 27,6% \u2014de mayo de 2021 a mayo 2022\u2014 y en t\u00e9rminos homog\u00e9neos del 16,2% en el periodo de los cinco primeros meses de 2022 en relaci\u00f3n con el 2021, Foment considera todav\u00eda m\u00e1s innecesario y contraproducente la medida propuesta.[\/vc_column_text][\/vc_column][\/vc_row]<\/p>\n<\/section>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>[vc_row][vc_column][vc_column_text] El importante incremento de la recaudaci\u00f3n tributaria de un 16,7% pose de manifiesto que no hay que subir la presi\u00f3n fiscal, m\u00e1s bien el contrario, habr\u00eda que deflactar la tarifa del IRPF para que los espa\u00f1oles no paguen m\u00e1s impuestos solo a causa de la inflaci\u00f3n. Foment no comparte el concepto de \u201cbeneficios ca\u00eddos del cielo\u201d aplicados a estos dos sectores. Foment expresa la preocupaci\u00f3n por la carencia de seguridad jur\u00eddica que se puede derivar de estas nuevas figuras tributarias y, incluso, su posible inconstitucionalidad. Sorprende que a pesar de que se hable de beneficios extraordinarios, el hecho imponible se basa en el volumen de ventas en el caso energ\u00e9tico, o el conjunto de intereses y comisiones, en el caso de los bancos. Foment del Treball muestra nuevamente su rechazo a la creaci\u00f3n de impuestos espec\u00edficos para determinados sectores como la banca y la energ\u00eda, que considera contraproducentes puesto que agraviar\u00e1n la actual y dif\u00edcil situaci\u00f3n de la econom\u00eda. 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