{"id":162390,"date":"2023-05-08T09:00:56","date_gmt":"2023-05-08T07:00:56","guid":{"rendered":"https:\/\/www.foment.com\/?p=162390"},"modified":"2023-05-04T17:41:12","modified_gmt":"2023-05-04T15:41:12","slug":"el-parc-agrari-impone-multas-a-los-payeses-por-cumplir-la-normativa-laboral-la-sanitaria-y-la-de-las-aseguradoras-no-pudiendo-proteger-sus-fincas","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.foment.com\/es\/el-parc-agrari-impone-multas-a-los-payeses-por-cumplir-la-normativa-laboral-la-sanitaria-y-la-de-las-aseguradoras-no-pudiendo-proteger-sus-fincas\/","title":{"rendered":"El Parc Agrari impone multas a los payeses por cumplir la normativa laboral, la sanitaria y la de las aseguradoras no pudiendo proteger sus fincas"},"content":{"rendered":"<ul>\n<li><strong>El Institut Agr\u00edcola ha solicitado a los alcaldes de la comarca una moratoria para adaptar la normativa del Parc Agrari a otras de rango superior, del Estado y de la Generalitat, para garantizar la seguridad jur\u00eddica por las inconsistencias regulatorias que ahuyentan la inversi\u00f3n y minan la credibilidad de los planes futuros de desarrollo de la comarca.<\/strong><\/li>\n<li><strong>Seg\u00fan el Plan Especial no se pueden tener instalaciones destinadas a la higiene, seguridad y adecuado registro y control en el trabajo.<\/strong><\/li>\n<li><strong>Se rechaza la existencia de un lugar presencial para archivo de toda la documentaci\u00f3n necesaria en caso de realizaci\u00f3n de inspecciones laborales, trazabilidad, producci\u00f3n ecol\u00f3gica o de otra \u00edndole, lo cual viola la normativa laboral y sanitaria.<\/strong><\/li>\n<li><strong>Se impiden edificaciones incluso m\u00f3viles (por ejemplo, contenedores) para el almacenamiento de productos fitosanitarios, exigida por la normativa de uso y manipulaci\u00f3n de productos fitosanitarios.<\/strong><\/li>\n<li><strong>Se impiden vallas de 1,80 metros, el m\u00ednimo exigido por la reglamentaci\u00f3n de los seguros agrarios. El Plan Especial exige 1,50 metros por lo que las fincas no son susceptibles de ser aseguradas por robos, incendios u otras contingencias.<\/strong><\/li>\n<li><strong>El Institut Agr\u00edcola defiende impulsar un hub agroalimentario en el Baix Llobregat porque es el camino para obtener autonom\u00eda estrat\u00e9gica y evitar una mayor dependencia de las importaciones, por lo que conviene revisar la obsoleta normativa del Baix Llobregat.<\/strong><\/li>\n<\/ul>\n<h1><span style=\"font-size: 12pt;\">Introducci\u00f3n: la p\u00e9rdida de autonom\u00eda estrat\u00e9gica en 2022<\/span><\/h1>\n<p><strong>\u00a0<\/strong>Tres a\u00f1os despu\u00e9s de lo peor de la pandemia y en v\u00eda de salida de la crisis energ\u00e9tica, una de las vulnerabilidades geopol\u00edticas para Europa sigue siendo la inflaci\u00f3n, especialmente en los bienes de primera necesidad entre los que se encuentra la alimentaci\u00f3n. No est\u00e1 siendo suficiente la gran capacidad productiva de bienes agroalimentarios que tiene la UE, siendo uno de los principales exportadores netos a nivel global (super\u00e1vit de 58.000 millones de euros al cierre de 2022, un 8% menos que en 2021) para amortiguar las subidas de precios que se mantienen en tasas interanuales por encima del 15% seg\u00fan Eurostat.<\/p>\n<p>El deterioro que ha tenido en 2022 la balanza comercial agroalimentaria europea tambi\u00e9n se ha dado en Espa\u00f1a, donde el super\u00e1vit comercial del sector se ha reducido de 17.421 millones en 2021 a 12.331 millones, seg\u00fan los datos del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo. Esta p\u00e9rdida de autonom\u00eda estrat\u00e9gica se debe tanto al crecimiento en volumen como al encarecimiento de los precios de los bienes importados, especialmente el cap\u00edtulo de \u201cOtros Alimentos\u201d importados de terceros pa\u00edses no comunitarios.<\/p>\n<p>La combinaci\u00f3n de incrementos de las importaciones superiores a las exportaciones (en t\u00e9rminos de valor econ\u00f3mico) en 2022 y el encarecimiento de los precios internacionales de las materias primas agr\u00edcolas urge a las econom\u00edas agr\u00edcolas nacionales a rearmarse y buscar espacios para innovar, nuevas integraciones en cadenas globales de valor y nuevas t\u00e9cnicas de cultivo. No s\u00f3lo para \u201csalvar\u201d su situaci\u00f3n, sino muy especialmente para encontrar la potencia necesaria de crecimiento futuro que refuerce la autonom\u00eda estrat\u00e9gica europea. Para ello, es necesario partir de las zonas donde en los \u00faltimos a\u00f1os se ha avanzado sensiblemente en este aspecto, siendo una de las m\u00e1s importantes la zona agr\u00edcola del Baix Llobregat.<\/p>\n<h1><span style=\"font-size: 12pt;\">La problem\u00e1tica del Baix Llobregat: contradicci\u00f3n regulatoria e inseguridad jur\u00eddica<\/span><\/h1>\n<p>La comarca del Baix Llobregat est\u00e1 especializada desde hace d\u00e9cadas en el cultivo de frutas, hortalizas y otros bienes agroalimentarios para el suministro directo al \u00c1rea Metropolitana de Barcelona. De los primeros experimentos que surgieron en algunas regiones europeas en materia de agricultura periurbana se conserva una figura que es el Parc Agrari del Baix Llobregat, una zona de cultivo de 3.473 hect\u00e1reas que se extiende a lo largo de 14 t\u00e9rminos municipales, con 318 explotaciones agrarias profesionales y 53 hect\u00e1reas de invernaderos, entre otros elementos (seg\u00fan los datos publicados en la propia web del Parc Agrari).<\/p>\n<p>Sobre la base de la existencia de este Parc Agrari, y observando los resultados obtenidos en estos 25 a\u00f1os de existencia, es sobre lo que es necesario plantear una nueva estrategia econ\u00f3mica e institucional para convertir la zona en un hub agroalimentario con la suficiente potencia como para atraer inversiones, empresas especializadas y trabajadores cualificados sobre los que pivotar una factor\u00eda de productos de calidad, minimizando los costes de producci\u00f3n y atendiendo a las m\u00e1ximas exigencias en materia medioambiental y social. Pero para que esto pueda ser posible, es necesario asegurar el cumplimiento de dos cuestiones no menores: por un lado, un marco regulatorio claro, concreto y no discriminatorio y, por otro lado, un entorno de seguridad jur\u00eddica con respecto a los factores que si no est\u00e1n bien gestionados pueden acabar con las cosechas cada a\u00f1o (infraestructuras h\u00eddricas y gesti\u00f3n de los espacios protegidos en el entorno del Delta del Llobregat).<\/p>\n<p>En este sentido, la primera de estas dos cuestiones supone un problema importante en la actualidad. El Parc Agrari (que abarca la mayor\u00eda de toda la superficie cultivable de la comarca) cuenta con una reglamentaci\u00f3n propia recogida en el denominado \u201cPlan Especial\u201d, la cual es en este momento una fuente de conflicto por la falta de adecuaci\u00f3n de esta normativa a los preceptos que establecen otras normas de car\u00e1cter estatal o auton\u00f3mico. Esta ausencia de encaje lleva a que en los \u00faltimos meses se hayan incoado varios expedientes sancionadores a empresarios agr\u00edcolas de la zona donde por el cumplimiento de las normas de superior rango no pueden cumplirse las de menor rango, en este caso, lo que establece el Plan Especial.<\/p>\n<p>Concretamente, existen tres contradicciones flagrantes entre el Plan Especial del Parc Agrari y la normativa general: primera, las instalaciones destinadas a la higiene, seguridad y adecuado registro y control en el trabajo, requisito impuesto por la normativa laboral, las cuales son rechazadas bajo la jurisdicci\u00f3n del Parc Agrari. En este mismo orden, se rechaza la existencia de un lugar para archivo de toda la documentaci\u00f3n necesaria en caso de realizaci\u00f3n de inspecciones laborales, trazabilidad, producci\u00f3n ecol\u00f3gica o de otra \u00edndole, lo cual viola la normativa en lo referente a la disponibilidad de los mismos.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Segunda, la existencia de edificaciones incluso m\u00f3viles (por ejemplo, contenedores) para el almacenamiento de productos fitosanitarios, exigida por la normativa de uso y manipulaci\u00f3n de productos fitosanitarios, no es contemplada por la normativa del Parc Agrari.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Tercera y \u00faltima, las vallas de protecci\u00f3n de los cultivos y la instalaci\u00f3n de una tipolog\u00eda de invernadero auxiliar, la cual tambi\u00e9n es impugnada por la aplicaci\u00f3n que se est\u00e1 haciendo del Plan Especial, reduciendo la altura de 1,80 metros a 1,50 metros, vulnerando una de las condiciones esenciales que pone la reglamentaci\u00f3n vigente en materia de seguros agrarios para que la finca sea susceptible de ser asegurada por robos, incendios u otras contingencias.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Por otro lado, la segunda de las cuestiones se\u00f1aladas anteriormente se refiere no a una contradicci\u00f3n sino a una ausencia de gesti\u00f3n de dos riesgos sistem\u00e1ticos que provocan la ruina de las cosechas como son las infraestructuras h\u00eddricas y el abandono de los espacios protegidos. Ambas tareas son competencia auton\u00f3mica delegada en dos agencias: en el primer caso, la Agencia Catalana del Agua y en el segundo, el Consorcio de los Espacios Naturales del Delta del Llobregat. Dado que \u00e9ste \u00faltimo depende de las directrices de la autoridad que posee las competencias (la Generalitat), es necesario centrarse en el primero por su capacidad de actuaci\u00f3n con autonom\u00eda.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>En la \u00faltima d\u00e9cada se ha producido un incumplimiento sistem\u00e1tico de los planes de cuencas internas en lo relativo al curso del Llobregat, incluso suspendiendo a finales de octubre una actuaci\u00f3n de emergencia para la limpieza de rieras donde la cantidad a invertir apenas superaba los 82.000 euros antes de impuestos. Dado que se trata de una zona climatol\u00f3gicamente proclive a inundaciones y sequ\u00edas, la falta de gesti\u00f3n h\u00eddrica es uno de los principales factores de falta de atractivo para invertir por el riesgo continuo que supone de p\u00e9rdida de las cosechas.<\/p>\n<h1><span style=\"font-size: 12pt;\">Estrategia de salida: el principio de \u2018best regulation\u2019<\/span><\/h1>\n<p>En un Estado de Derecho no puede existir contradicci\u00f3n alguna entre normativas, y de existir, es obligaci\u00f3n del regulador la de armonizar su normativa con la del resto del ordenamiento legal existente. \u00c9sta era una asignatura pendiente mucho antes de que se extendieran estos expedientes, pero ahora m\u00e1s que nunca lo es. Ante el riesgo de que estas contradicciones regulatorias provoquen la deslocalizaci\u00f3n de los productores instalados en la zona e impidan el desarrollo del hub agroalimentario, es imprescindible actuar de urgencia conforme las leyes de superior rango dictan para, inmediatamente despu\u00e9s, realizar una reforma del Plan Especial.<\/p>\n<p>En primer lugar, ser\u00eda conveniente decretar una moratoria hasta que se encontrara una soluci\u00f3n satisfactoria que hiciera compatibles las diferentes normativas, acogida a lo estipulado en los art\u00edculos 73.1 y 74.1 del Texto Refundido de la Ley de Urbanismo de Catalu\u00f1a, estableciendo un per\u00edodo de un a\u00f1o de excepci\u00f3n para llevar a cabo esta reforma. No puede ponerse en peligro a los trabajadores por la imposici\u00f3n de un marco normativo que no tiene sentido pr\u00e1ctico ni tampoco econ\u00f3mico, o la de arriesgarse a perder las cosechas al no cumplir lo requerido por las reglas aseguradoras.<\/p>\n<p>En segundo lugar, es necesario presentar a la mayor brevedad posible un texto de reforma de los aspectos del Plan Especial que entran en flagrante contradicci\u00f3n, atendiendo a lo que se establece en los principios de \u2018best regulation\u2019 de la Uni\u00f3n Europea, la interpretaci\u00f3n que hace el Tribunal Constitucional del art\u00edculo 149.1.1 de la Constituci\u00f3n (\u201c<em>[\u2026]En suma, si el Estado considerara necesario establecer en el futuro esas condiciones b\u00e1sicas y al dictarlas \u00e9stas entraran en contradicci\u00f3n con preceptos de leyes auton\u00f3micas en vigor, \u00e9stos \u00faltimos quedar\u00edan autom\u00e1ticamente desplazados por aqu\u00e9llas; STC 173\/1998, FJ 9<\/em>\u201d) donde es evidente la aplicaci\u00f3n de la normativa laboral que es de \u00e1mbito estatal; y los principios recogidos por el informe del Instituto de Estudios Econ\u00f3micos \u201cLas buenas pr\u00e1cticas regulatorias\u201d (noviembre 2019): <em>Consistencia, credibilidad, simplicidad y transparencia. Las nuevas normas regulatorias que se elaboren, as\u00ed como las decisiones de los \u00f3rganos de regulaci\u00f3n, deben ser coherentes entre s\u00ed y evitar contradicciones con otras normas ya existentes. <\/em>En tercer y \u00faltimo lugar, idear los mecanismos regulatorios que den seguridad jur\u00eddica a trav\u00e9s de la gesti\u00f3n de los dos riesgos antes mencionados, hidr\u00e1ulico y medioambiental.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El Institut Agr\u00edcola ha solicitado a los alcaldes de la comarca una moratoria para adaptar la normativa del Parc Agrari a otras de rango superior, del Estado y de la Generalitat, para garantizar la seguridad jur\u00eddica por las inconsistencias regulatorias que ahuyentan la inversi\u00f3n y minan la credibilidad de los planes futuros de desarrollo de la comarca. Seg\u00fan el Plan Especial no se pueden tener instalaciones destinadas a la higiene, seguridad y adecuado registro y control en el trabajo. Se rechaza la existencia de un lugar presencial para archivo de toda la documentaci\u00f3n necesaria en caso de realizaci\u00f3n de inspecciones laborales, trazabilidad, producci\u00f3n ecol\u00f3gica o de otra \u00edndole, lo cual viola la normativa laboral y sanitaria. Se impiden edificaciones incluso m\u00f3viles (por ejemplo, contenedores) para el almacenamiento de productos fitosanitarios, exigida por la normativa de uso y manipulaci\u00f3n de productos fitosanitarios. Se impiden vallas de 1,80 metros, el m\u00ednimo exigido por la reglamentaci\u00f3n de los seguros agrarios. El Plan Especial exige 1,50 metros por lo que las fincas no son susceptibles de ser aseguradas por robos, incendios u otras contingencias. 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