{"id":17661,"date":"2015-09-16T09:00:56","date_gmt":"2015-09-16T07:00:56","guid":{"rendered":"http:\/\/foment.itartech.com\/?p=17661"},"modified":"2017-05-25T10:35:38","modified_gmt":"2017-05-25T08:35:38","slug":"redes-sociales-relacion-laboral-del-reclutamiento-2-0-al-despido-procedente","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.foment.com\/es\/redes-sociales-relacion-laboral-del-reclutamiento-2-0-al-despido-procedente\/","title":{"rendered":"Redes Sociales y relaci\u00f3n laboral: del reclutamiento 2.0 al despido procedente"},"content":{"rendered":"<section class=\"wpb-content-wrapper\"><p>[vc_row][vc_column width=\u00bb1\/1&#8243;][vc_column_text]\u00bbHay un consenso extendido al considerar la contrataci\u00f3n 2.0 un procedimiento bastante eficaz en la selecci\u00f3n de personal\u00bb, seg\u00fan ha afirmado Juan Reyes, abogado y socio en Ur\u00eda Men\u00e9ndez. Lo cierto es que las redes sociales son un medio de intercomunicaci\u00f3n no s\u00f3lo personal ni mucho menos privado que cuenta por miles de millones sus usarios en todo el planeta y que, obviamente, adquieren una relevancia notable tambi\u00e9n en las relaciones laborales. Por eso, como ha subrayado el secretario Geneal de Foment, Joan Pujol, la patronal catalana ha dedicado este mi\u00e9rcoles una sesi\u00f3n de su ciclo de Debates Laborales a la influencia y el papel de las redes sociales en la relaci\u00f3n laboral en todos sus estadios: El inicio, el desarrollo del trabajo y la extinci\u00f3n de la relaci\u00f3n. Foment, para ofrecer estas sesiones, cuenta con el apoyo de <a href=\"https:\/\/candidate.manpower.com\/wps\/portal\/ManpowerEspana\/Root\/CEHome\/!ut\/p\/a1\/fVDLTsMwEPwWDjkmXuJgVdxCeTgIktAUSH1BTnBTS44d2YbA3-NWXCpB9zQ7O6PZXcRQi5jmn3LgXhrN1b5n5C2rKCnoEh4WN6sUclI8pZimeFngINgEAfxTORz8t1dr-rhuMFRlTaAAyJ5zmoZ5hl4RO5bckeYa0pfy4hxXBKAiv4JTEaeXBFRSMwrUCIfuERuU6Q6XbXLd4cWAmBVbYYVNPmygd95PlxFEMM9zsg0-7ZPejBFo42UvuYug5oPUe7AS78LFzgRaBSB0rHhsheJ9-F7AnbFcJdxNX3_F7YzzqD2OQdPYgqwH1n3PZz80EylF\/dl5\/d5\/L0lHSkovd0RNQU5rQUVnQSEhLzRKU0UvZXNfRVM!\/\" target=\"_blank\"><strong>Manpower<\/strong><\/a> y de <a href=\"http:\/\/www.uria.com\/es\/index.html\" target=\"_blank\"><strong>Ur\u00eda Men\u00e9ndez<\/strong><\/a>.<\/p>\n<p>Ciertamente, no existe una regulaci\u00f3n espec\u00edfica sobre el uso de las redes en el \u00e1mbito laboral, aunque la mayor\u00eda de empresas ya consultan los perfiles digitales de los candidatos en los procesos de selecci\u00f3n. Y m\u00e1s all\u00e1, es incuestionable el impacto de las redes sociales no s\u00f3lo en el acceso sino en el desarrollo de un puesto de trabajo. Por ello, Juan Reyes y In\u00e9s R\u00edos, de Ur\u00eda Men\u00e9ndez, han expuesto un conjunto de sentencias que ya se han dado en Espa\u00f1a sobre despidos en el que est\u00e1n relacinades las redes sociales y han analizado por qu\u00e9 dictaminaban que el despido era procedente o improcedente seg\u00fan el caso.<\/p>\n<p>La jornada la ha cerrado Sara Pose, Magistrada de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Catalu\u00f1a, que ha realizado un an\u00e1lisis de la evoluci\u00f3n y el estado actual de la jurisprudencia relativa al control por parte del empresario en el uso de los medios inform\u00e1ticos a disposici\u00f3n de los trabajadores. Pose ha se\u00f1alado que las relaciones laborales se basan en un intercambio de salario por trabajo, en el que el trabajador se somete al control y direcci\u00f3n por parte de la empresa que emana del art\u00edculo 38 de la Constituci\u00f3n Espa\u00f1ola, por lo que, las empresas pueden controlar la forma en que se desarrolla la actividad, aunque este no es un poder absoluto, ya que el trabajador pone a disposici\u00f3n de la empresa su trabajo y no pierde los derechos fundamentales, como el de la intimidad. Por tanto, es necesario saber cu\u00e1les son los l\u00edmites de control en la prestaci\u00f3n laboral as\u00ed como el de los medios que la empresa pone a disposici\u00f3n del trabajador (tel\u00e9fonos, ordenadores, Tablet, etc).<\/p>\n<p>Como ha explicado la magistrada, en materia de grabaciones y video-vigilancia, antes de la Sentencia del Tribunal Constitucional 29\/2013 exist\u00eda una doctrina pac\u00edfica que establec\u00eda que las grabaciones a los trabajadores en su puesto de trabajo por las c\u00e1maras de seguridad pod\u00edan servir como prueba ante un despido disciplinario siempre que cumplieran los requisitos de Juicio de idoneidad, Juicio de necesidad, y Juicio de proporcionalidad. Sin embargo, Pose ha explicado que la situaci\u00f3n cambia con una nueva doctrina del Tribunal Constitucional con la Sentencia 29\/2013, que introduce como aspecto innovador del incumplimiento de determinados preceptos de la Ley Org\u00e1nica de Protecci\u00f3n de Datos.[\/vc_column_text][vc_raw_html]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[\/vc_raw_html][vc_column_text]<\/p>\n<h3><strong>Debates Laborales<\/strong><\/h3>\n<p>El Ciclo de Debates Laborales es un espacio de referencia para compartir, intercambiar informaci\u00f3n, conocimiento y experiencias en el \u00e1mbito de las relaciones laborales. El formato de este ciclo de Debates Laborales es de tres jornadas anuales dirigidas a Socios Individuales y Colectivos de Foment del Treball, Directores de Recursos Humanos, Administraci\u00f3n P\u00fablica y Acad\u00e9micos. La tem\u00e1tica de cada jornada viene determinada seg\u00fan la actualidad.<\/p>\n<p>Creado en 2005 con el objetivo de convertirse en un espacio de an\u00e1lisis de la realidad laboral que m\u00e1s afecta a las empresas, a d\u00eda de hoy el ciclo de Debates Laborales se ha posicionado en el centro del debate jur\u00eddico-laboral Catalu\u00f1a donde expertos en la materia, profesionales y empresas comparten su visi\u00f3n y conocimiento. Los Debates Laborales promueven el an\u00e1lisis y el debate sobre la realidad laboral que m\u00e1s afecta a la empresa y favorece el intercambio de buenas pr\u00e1cticas.[\/vc_column_text][\/vc_column][\/vc_row]<\/p>\n<\/section>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>[vc_row][vc_column width=\u00bb1\/1&#8243;][vc_column_text]\u00bbHay un consenso extendido al considerar la contrataci\u00f3n 2.0 un procedimiento bastante eficaz en la selecci\u00f3n de personal\u00bb, seg\u00fan ha afirmado Juan Reyes, abogado y socio en Ur\u00eda Men\u00e9ndez. Lo cierto es que las redes sociales son un medio de intercomunicaci\u00f3n no s\u00f3lo personal ni mucho menos privado que cuenta por miles de millones sus usarios en todo el planeta y que, obviamente, adquieren una relevancia notable tambi\u00e9n en las relaciones laborales. Por eso, como ha subrayado el secretario Geneal de Foment, Joan Pujol, la patronal catalana ha dedicado este mi\u00e9rcoles una sesi\u00f3n de su ciclo de Debates Laborales a la influencia y el papel de las redes sociales en la relaci\u00f3n laboral en todos sus estadios: El inicio, el desarrollo del trabajo y la extinci\u00f3n de la relaci\u00f3n. Foment, para ofrecer estas sesiones, cuenta con el apoyo de Manpower y de Ur\u00eda Men\u00e9ndez. Ciertamente, no existe una regulaci\u00f3n espec\u00edfica sobre el uso de las redes en el \u00e1mbito laboral, aunque la mayor\u00eda de empresas ya consultan los perfiles digitales de los candidatos en los procesos de selecci\u00f3n. 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