{"id":25260,"date":"2016-10-03T09:00:27","date_gmt":"2016-10-03T07:00:27","guid":{"rendered":"http:\/\/foment.itartech.com\/?p=25260"},"modified":"2016-10-31T10:50:06","modified_gmt":"2016-10-31T09:50:06","slug":"la-junta-directiva-foment-incremento-los-pagos-cuenta-del-impuesto-sociedades","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.foment.com\/es\/la-junta-directiva-foment-incremento-los-pagos-cuenta-del-impuesto-sociedades\/","title":{"rendered":"La Junta Directiva de Foment contra el incremento de los pagos a cuenta del Impuesto de Sociedades"},"content":{"rendered":"<section class=\"wpb-content-wrapper\"><p>[vc_row][vc_column width=\u00bb1\/1&#8243;][vc_column_text]<\/p>\n<ul>\n<li><em>El Real Decreto aprobado el viernes introduce medidas tributarias dirigidas a la reducci\u00f3n del d\u00e9ficit p\u00fablico<\/em><\/li>\n<li><em>La Junta Directiva de la patronal catalana considera que el cumplimiento de los objetivos de d\u00e9ficit no puede resolverse exclusivamente a costa de la tesorer\u00eda de las empresas y reclama la formaci\u00f3n de un gobierno con capacidad para continuar las reformas necesarias para el pa\u00eds<\/em><\/li>\n<\/ul>\n<p>La Junta Directiva de Foment ha criticado hoy severamente el Real Decreto-ley 2\/2016, aprobado por el Consejo de Ministros el pasado viernes, por el que se introducen medidas tributarias dirigidas a la reducci\u00f3n del d\u00e9ficit p\u00fablico y, entre ellas, el incremento del pago m\u00ednimo en los pagos fraccionados del Impuesto sobre Sociedades. En general, se considera que establecer un pago m\u00ednimo del 23% (25% para bancos y empresas petrol\u00edferas) en los pagos a cuenta del Impuesto de Sociedades de las empresas que facturan m\u00e1s de 10 millones de euros, castiga de forma desproporcionada a las empresas e introduce m\u00e1s riesgos para la inversi\u00f3n y la creaci\u00f3n de empleo.<\/p>\n<p>Los pagos fraccionados del Impuesto sobre Sociedades afectar\u00e1 ya al que se ha de presentar en los primeros 20 d\u00edas de octubre (con anterioridad, el d\u00eda 15, si se domicilia bancariamente) lo que en la pr\u00e1ctica supone\u00a0 que las empresas deber\u00e1n ingresar unos 24.000 millones de euros en tan s\u00f3lo 20 d\u00edas. Con esta medida el Gobierno prev\u00e9 incrementar la recaudaci\u00f3n en unos 8.000 millones de euros. La Junta Directiva entiende que se pone en peligro la solvencia a corto plazo de las empresas y critica que el cumplimiento de los objetivos de d\u00e9ficit pretenda resolverse casi exclusivamente a costa de la tesorer\u00eda de buena parte del tejido empresarial. La decisi\u00f3n del Gobierno dobla el pago m\u00ednimo respecto al 2015 \u2013del 12% al 23%- y reduce a la mitad el umbral de aplicaci\u00f3n \u2013de 20 millones de facturaci\u00f3n a 10 millones-.<\/p>\n<p>Del mismo modo, la Junta Directiva ha criticado tambi\u00e9n la incertidumbre pol\u00edtica generada a partir de la incapacidad de las formaciones pol\u00edticas para facilitar la formaci\u00f3n de un Gobierno estable que pueda continuar con las reformas que necesita el pa\u00eds, mientras el d\u00e9ficit p\u00fablico contin\u00faa descontrolado.<\/p>\n<h3><strong>Sentencia del Tribunal de Justicia de la Uni\u00f3n Europea<\/strong><\/h3>\n<p>Por otro lado, la Junta Directiva ha analizado tambi\u00e9n la sentencia del Tribunal de Justicia de la Uni\u00f3n Europea que declar\u00f3 la semana pasada que la actual regulaci\u00f3n espa\u00f1ola de contratos interinos es contraria al principio de no discriminaci\u00f3n entre trabajadores con contrato de duraci\u00f3n determinada y trabajadores fijos.<\/p>\n<p>La Junta Directiva consider\u00f3 que la sentencia introduce elementos de confusi\u00f3n y es de aplicaci\u00f3n \u00fanicamente al supuesto concreto enjuiciado relativo a un contrato de interinidad con connotaciones espec\u00edficas. Considera que se deber\u00e1 estar a la expectativa de la interpretaci\u00f3n de los tribunales ante futuros supuestos que se planteen, y confirmar, por tanto, si el legislador decide adoptar modificaciones normativas en materia de contrataci\u00f3n temporal e indefinida.[\/vc_column_text][\/vc_column][\/vc_row]<\/p>\n<\/section>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>[vc_row][vc_column width=\u00bb1\/1&#8243;][vc_column_text] El Real Decreto aprobado el viernes introduce medidas tributarias dirigidas a la reducci\u00f3n del d\u00e9ficit p\u00fablico La Junta Directiva de la patronal catalana considera que el cumplimiento de los objetivos de d\u00e9ficit no puede resolverse exclusivamente a costa de la tesorer\u00eda de las empresas y reclama la formaci\u00f3n de un gobierno con capacidad para continuar las reformas necesarias para el pa\u00eds La Junta Directiva de Foment ha criticado hoy severamente el Real Decreto-ley 2\/2016, aprobado por el Consejo de Ministros el pasado viernes, por el que se introducen medidas tributarias dirigidas a la reducci\u00f3n del d\u00e9ficit p\u00fablico y, entre ellas, el incremento del pago m\u00ednimo en los pagos fraccionados del Impuesto sobre Sociedades. En general, se considera que establecer un pago m\u00ednimo del 23% (25% para bancos y empresas petrol\u00edferas) en los pagos a cuenta del Impuesto de Sociedades de las empresas que facturan m\u00e1s de 10 millones de euros, castiga de forma desproporcionada a las empresas e introduce m\u00e1s riesgos para la inversi\u00f3n y la creaci\u00f3n de empleo. 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