{"id":37930,"date":"2017-09-04T17:00:45","date_gmt":"2017-09-04T15:00:45","guid":{"rendered":"http:\/\/www.foment.com\/es\/catalunya-incremen-pressio-fiscal-sis-nous-impostos-2017\/"},"modified":"2017-09-04T17:10:54","modified_gmt":"2017-09-04T15:10:54","slug":"catalunya-incremento-presion-fiscal-seis-nuevos-impuestos-2017","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.foment.com\/es\/catalunya-incremento-presion-fiscal-seis-nuevos-impuestos-2017\/","title":{"rendered":"Catalunya continua incrementando la presi\u00f3n fiscal con seis impuestos nuevos aprobados en el Parlament el 2017"},"content":{"rendered":"<section class=\"wpb-content-wrapper\"><p>[vc_row][vc_column width=\u00bb1\/1&#8243;]<div class=\"box clearfix style-1 wpb_content_element align-center \" style=\"padding: 40px 40px 40px 40px; \">\n<ul>\n<li style=\"text-align: left;\">Los impuestos elevados y el marco normativo imprevisible no ayuda a la captaci\u00f3n y retenci\u00f3n del talento, ni atrae a las nuevas inversiones.<\/li>\n<li style=\"text-align: left;\">La aplicaci\u00f3n de los nuevos impuestos genera elevados costes administrativos y crea tensiones y conflictos entre contribuyentes y administraci\u00f3n. Genera tambi\u00e9n un permanente conflicto institucional entre las administraciones y requiere, incluso, la intervenci\u00f3n del Tribunal Constitucional.<\/li>\n<li style=\"text-align: left;\">Foment entiende que, en un momento de crecimiento econ\u00f3mico como el actual, es necesario revertir de forma gradual el incremento de la fiscalidad que se justific\u00f3 por la situaci\u00f3n de crisis.<\/li>\n<li style=\"text-align: left;\">Actualmente hay un notable incremento de la recaptaci\u00f3n. La Agencia Tributaria de Catalunya ha aumentado en el 1er semestre del 2017 un 13,7% m\u00e1s.<\/li>\n<\/ul>\n<\/div>[vc_column_text]El Comit\u00e9 Ejecutivo de Foment del Treball ha considerado hoy que la continua actividad legislativa del Parlament de Catalunya para la creaci\u00f3n de nuevos impuestos \u2013durante este a\u00f1o 2017, hasta el mes de agosto, un total de seis tributos nuevos\u2013 es contraproducente para la actividad econ\u00f3mica de Catalunya, para los contribuyentes y para las empresas. La normativa y aplicaci\u00f3n de los nuevos impuestos comporta conflictos entre contribuyentes y administraciones, y proyecta una imagen de incertidumbre y poca previsi\u00f3n normativa que no fomenta la captaci\u00f3n y retenci\u00f3n del talento. El Comit\u00e9 Ejecutivo de Foment considera, en definitiva, que es un obst\u00e1culo m\u00e1s para la atracci\u00f3n de nuevas inversiones y la creaci\u00f3n de lugares de trabajo. Catalunya es la comunidad aut\u00f3noma con m\u00e1s tributos propios de todo el Estado y con los tipos impositivos m\u00e1s altos en las otras figuras tributarias. Hasta el 31 de diciembre del 2016 Catalunya contabilizaba un total de 14 tributos propios, entre los cuales hay que a\u00f1adir los 6 nuevos impuestos aprobados hasta el mes de agosto del 2017.<\/p>\n<p>Es por este motivo que Foment del Treball solicita que la aplicaci\u00f3n de los impuestos deber\u00eda ser entendida para crear una situaci\u00f3n que haga compatible el mantenimiento del Estado del Bienestar, con una gesti\u00f3n eficiente de los impuestos y revertir de forma gradual el incremento continuado de la presi\u00f3n fiscal, que se justifica a partir del a\u00f1o 2008 como consecuencia de la crisis econ\u00f3mica. La econom\u00eda crece y los principales organismos internacionales prev\u00e9n mejoras de los principales indicadores.[\/vc_column_text][vc_column_text]<span style=\"color: #c1002b;\"><strong>Nuevos impuestos en el 2017<\/strong><\/span><\/p>\n<ol>\n<li>El Impuesto de las bebidas azucaradas se aprob\u00f3 a principios del a\u00f1o y est\u00e1 en vigor desde el 1 de mayo. En julio empez\u00f3 el primer periodo de autoliquidaci\u00f3n.<\/li>\n<\/ol>\n<ol start=\"2\">\n<li>Impuesto sobre los activos no productivos de personas jur\u00eddicas, que se deveng\u00f3 el pasado 30 de junio. A d\u00eda de hoy a\u00fan no se ha aprobado ni el reglamento ni los par\u00e1metros de liquidaci\u00f3n, previstos a partir del a\u00f1o que viene.<\/li>\n<\/ol>\n<ol start=\"3\">\n<li>A la ley de medidas fiscales aprobada el pasado 28 de marzo se introdujeron nuevos impuestos como el referido a las emisiones de di\u00f3xido de carbono de los veh\u00edculos de tracci\u00f3n mec\u00e1nica, y el de elementos radiot\u00f3xicos que entrar\u00e1 en vigor el pr\u00f3ximo 1 de enero, mediante la <em>ley 5\/2017, de medidas fiscales, administrativas, financieras y del sector p\u00fablico y de la creaci\u00f3n y regulaci\u00f3n de los impuestos de grandes establecimientos comerciales, sobre estancias en establecimientos tur\u00edsticos, sobre elementos radiot\u00f3xicos, sobre bebidas azucaradas y sobre las emisiones de di\u00f3xido de carbono. <\/em><\/li>\n<\/ol>\n<ol start=\"4\">\n<li>El Parlament de Catalunya ha aprobado \u2013DOGC de 3 de agosto\u2013 la Ley 16\/2017 de cambio clim\u00e1tico, que modifica el impuesto aprobado por la ley de medidas del pasado 28 de marzo, y adem\u00e1s se anuncian dos nuevos impuestos:<\/li>\n<\/ol>\n<ul>\n<li>El primero sobre las <strong>actividades econ\u00f3micas que generan di\u00f3xido de carbono<\/strong>. El Govern tiene que presentar al Parlament el proyecto de ley del impuesto sobre las actividades econ\u00f3micas que generan gases de efecto invernadero, de manera que el Parlament pueda aprobar la ley correspondiente y el impuesto pueda entrar en vigor en 2019, con el agravio a\u00f1adido para las empresas sujetas al mercado europeo de derechos de comercio de derechos de emisiones.<\/li>\n<li>El segundo sobre las\u00a0<strong>emisiones portuarias de grandes barcos<\/strong>, de acuerdo con su articulo 39 y las disposiciones finales Und\u00e9cima y Duod\u00e9cima de esta ley.<\/li>\n<li>Adicionalmente, hay el Anteproyecto de ley de ordenaci\u00f3n del litoral, que en su art\u00edculo 25 se crea una nueva figura tributaria \u00abel canon de explotaci\u00f3n de actividad\u00bb, con un tipo impositivo del 3% de los beneficios netos anuales, que ya se encuentran grabados en el IRPF o el Impuesto de Sociedades por los rendimientos de las actividades econ\u00f3micas, ya sea por las personas f\u00edsicas o bien jur\u00eddicas, respectivamente.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Catalunya destaca por ser la comunidad aut\u00f3noma con m\u00e1s tributos propios. Antes de la aprobaci\u00f3n de estos nuevos impuestos, Catalunya dispon\u00eda, a finales del a\u00f1o pasado, de 14 tributos propios, siendo la comunidad aut\u00f3noma con un mayor n\u00famero.[\/vc_column_text][vc_column_text]<span style=\"color: #c1002b;\"><strong>Tipos impositivos m\u00e1s altos: IRPF, Patrimonio&#8230;<\/strong><\/span><\/p>\n<p>Catalunya tiene tambi\u00e9n los tipos impositivos m\u00e1s altos respecto a la media estatal. Si analizamos el IRPF observamos que es la Comunidad Aut\u00f3noma con uno de los tipos, tanto m\u00ednimo como m\u00e1ximo, m\u00e1s elevados. Respecto del Impuesto sobre Patrimonio, en algunas de las comunidades aut\u00f3nomas est\u00e1 bonificado, pero en Catalunya, conjuntamente con Arag\u00f3n y Extremadura es donde m\u00e1s se paga por este concepto.<\/p>\n<p>En relaci\u00f3n al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, Catalunya est\u00e1 situada dentro de la media espa\u00f1ola. Cabe recordar, que en una comunidad como la de Madrid, el importe de Patrimonio no opera y el de Sucesiones y Donaciones tiene un car\u00e1cter testimonial por los supuestos m\u00e1s comunes.<\/p>\n<p>Finalmente, si analizamos el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jur\u00eddicos Documentados, Catalunya fue pionera en subir los tipos impositivos, logrando actualmente los valores m\u00e1s elevados.<\/p>\n<p>Todo ello, en un contexto donde se est\u00e1n aplicando revisiones de los valores catastrales de los bienes inmuebles urbanos en ciudades, como Barcelona o Terrassa, con efectos del pr\u00f3ximo 1 de enero. Estos cambios, aparte de un incremento en el IBI, tendr\u00e1n un impacto directo sobre el Impuesto de Patrimonio, entre otros.<\/p>\n<p>Ante esta realidad hay que tener en cuenta, como m\u00ednimo, tres reflexiones:<\/p>\n<ol>\n<li>La realidad actual fomenta la imagen de Catalunya como la de un territorio con impuestos altos, al menos comparativamente con el resto del Estado tanto por n\u00famero de impuestos como por los tipos nominales. La imagen de impuestos elevados y el marco normativo imprevisible no fomenta ni la captaci\u00f3n ni la retenci\u00f3n de talento ni de inversi\u00f3n, y por tanto de empleo.<\/li>\n<\/ol>\n<ol start=\"2\">\n<li>Un tema no menor es el revuelo que provoca la aplicaci\u00f3n de estos nuevos impuestos, tanto para las empresas como para el resto de contribuyentes, para comprender el dise\u00f1o y su aplicaci\u00f3n. Aparte de los elevados costes administrativos, este hecho crea tensiones y conflictos entre los contribuyentes y la administraci\u00f3n.<\/li>\n<\/ol>\n<ol start=\"3\">\n<li>Dada la contradicci\u00f3n de los tributos propios con los impuestos estatales, se deriva en un constante conflicto institucional entre las administraciones, con necesidad de la intervenci\u00f3n del Tribunal Constitucional. Por ejemplo, con el Impuesto sobre la provisi\u00f3n de contenidos por parte de prestadores de servicios de comunicaciones electr\u00f3nicas (canon digital) o el Impuesto sobre grandes establecimientos comerciales, entre otros.<\/li>\n<\/ol>\n<ol start=\"4\">\n<li>Todas estas nuevas figuras tributarias se dan en un contexto en el que la recaudaci\u00f3n de la Agencia Tributaria de Catalunya ha subido el 13,7% en el primer semestre de 2017. Destaca el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jur\u00eddicos Documentados, que lo ha hecho en un 17,5%.<\/li>\n<\/ol>\n<p>[\/vc_column_text][vc_column_text]<strong><span style=\"color: #c1002b;\">ANEXO<\/span><\/strong><\/p>\n<p><span style=\"color: #c1002b;\"><strong>Tributos Propios de Catalunya el 2016:<\/strong><\/span><\/p>\n<ul>\n<li>Canon del agua.<\/li>\n<li>Canon sobre la deposici\u00f3n controlada de residuos municipales.<\/li>\n<li>Canon sobre la deposici\u00f3n controlada de residuos industriales.<\/li>\n<li>Canon sobre la deposici\u00f3n controlada de residuos de la construcci\u00f3n (suspendida su aplicaci\u00f3n).<\/li>\n<li>Canon sobre la incineraci\u00f3n de residuos municipales.<\/li>\n<li>Gravamen de protecci\u00f3n civil.<\/li>\n<li>Impuesto sobre grandes establecimientos comerciales.<\/li>\n<li>Impuesto sobre las estancias en establecimientos tur\u00edsticos.<\/li>\n<li>Impuesto sobre los dep\u00f3sitos en las entidades de cr\u00e9dito (declarado inconstitucional).<\/li>\n<li>Impuesto sobre la emisi\u00f3n de \u00f3xidos de nitr\u00f3geno a la atm\u00f3sfera producida por la aviaci\u00f3n comercial.<\/li>\n<li>Impuesto sobre la emisi\u00f3n de gases y part\u00edculas a la atm\u00f3sfera producida por la industria.<\/li>\n<li>Impuesto sobre la producci\u00f3n de energ\u00eda el\u00e9ctrica de origen nuclear.<\/li>\n<li>Impuesto sobre la provisi\u00f3n de contenidos por parte de prestadores de servicios de comunicaciones electr\u00f3nicas y de fomento del sector audiovisual y la difusi\u00f3n de la cultura digital.<\/li>\n<li>Impuesto sobre las viviendas vac\u00edas.<\/li>\n<\/ul>\n<p><span style=\"color: #c1002b;\"><strong>Tributos Propios de Catalunya creados el 2017:<\/strong><\/span><\/p>\n<ul>\n<li>Impuesto sobre los activos no productivos de las personas jur\u00eddicas.<\/li>\n<li>Impuesto sobre bebidas azucaradas envasadas.<\/li>\n<li>Impuesto sobre el riesgo medioambiental de la producci\u00f3n, manipulaci\u00f3n y transporte, custodia y emisi\u00f3n de elementos radiot\u00f3xico.<\/li>\n<li>Impuesto sobre las emisiones de di\u00f3xido de carbono de los veh\u00edculos de tracci\u00f3n mec\u00e1nica (entrada en vigor a 1 de enero de 2018).<\/li>\n<li>Impuesto sobre las actividades econ\u00f3micas que generan gases de efecto invernadero.<\/li>\n<li>Impuesto sobre las emisiones portuarias de grandes barcos.<\/li>\n<li>Canon de explotaci\u00f3n de actividad (anteproyecto de ley de ordenaci\u00f3n del litoral).<\/li>\n<\/ul>\n<p>[\/vc_column_text][\/vc_column][\/vc_row]<\/p>\n<\/section>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>[vc_row][vc_column width=\u00bb1\/1&#8243;][vc_column_text]El Comit\u00e9 Ejecutivo de Foment del Treball ha considerado hoy que la continua actividad legislativa del Parlament de Catalunya para la creaci\u00f3n de nuevos impuestos \u2013durante este a\u00f1o 2017, hasta el mes de agosto, un total de seis tributos nuevos\u2013 es contraproducente para la actividad econ\u00f3mica de Catalunya, para los contribuyentes y para las empresas. La normativa y aplicaci\u00f3n de los nuevos impuestos comporta conflictos entre contribuyentes y administraciones, y proyecta una imagen de incertidumbre y poca previsi\u00f3n normativa que no fomenta la captaci\u00f3n y retenci\u00f3n del talento. El Comit\u00e9 Ejecutivo de Foment considera, en definitiva, que es un obst\u00e1culo m\u00e1s para la atracci\u00f3n de nuevas inversiones y la creaci\u00f3n de lugares de trabajo. Catalunya es la comunidad aut\u00f3noma con m\u00e1s tributos propios de todo el Estado y con los tipos impositivos m\u00e1s altos en las otras figuras tributarias. Hasta el 31 de diciembre del 2016 Catalunya contabilizaba un total de 14 tributos propios, entre los cuales hay que a\u00f1adir los 6 nuevos impuestos aprobados hasta el mes de agosto del 2017. Es por este motivo que Foment del Treball solicita que la aplicaci\u00f3n de los impuestos deber\u00eda ser entendida para crear una situaci\u00f3n que haga compatible el mantenimiento [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":10,"featured_media":37928,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_links_to":"","_links_to_target":""},"categories":[114,69,68,65],"tags":[336,337,339],"acf":[],"wps_subtitle":"Es la autonom\u00eda con m\u00e1s tributos propios y tipos impositivos m\u00e1s altos","_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.foment.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/37930"}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.foment.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.foment.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.foment.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/users\/10"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.foment.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=37930"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.foment.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/37930\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.foment.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/media\/37928"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.foment.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=37930"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.foment.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=37930"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.foment.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=37930"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}