{"id":41438,"date":"2018-01-15T11:14:40","date_gmt":"2018-01-15T10:14:40","guid":{"rendered":"http:\/\/www.foment.com\/es\/foment-demana-augmentar-minim-exempt-limpost-patrimoni\/"},"modified":"2018-01-16T13:45:56","modified_gmt":"2018-01-16T12:45:56","slug":"foment-pide-aumentar-minimo-exento-impuesto-patrimonio","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.foment.com\/es\/foment-pide-aumentar-minimo-exento-impuesto-patrimonio\/","title":{"rendered":"La Junta Directiva de Foment pide aumentar el m\u00ednimo exento del impuesto de Patrimonio hasta la supresi\u00f3n definitiva para cambiar la imagen negativa de Catalu\u00f1a para la alta tributaci\u00f3n"},"content":{"rendered":"<ul>\n<li><strong>Pr\u00e1cticamente s\u00f3lo Espa\u00f1a y Francia en Europa cuentan con este impuesto, y este pa\u00eds tiene prevista una profunda remodelaci\u00f3n.<\/strong><\/li>\n<li><strong>Se trata de un tributo estatal cedido a las comunidades aut\u00f3nomas, que lo regulan y recaudan. Desde 2011 requiere la renovaci\u00f3n anual.<\/strong><\/li>\n<li><strong>Catalu\u00f1a es la comunidad con m\u00e1s tributos propios. Adem\u00e1s tiene una imagen muy negativa con respecto a la carga impositiva que perjudica a empresas, profesionales y familias.<\/strong><\/li>\n<\/ul>\n<p>La Junta Directiva de Foment del Treball considera prioritario que en los pr\u00f3ximos meses se preste una atenci\u00f3n espec\u00edfica al impuesto de Patrimonio, con una regulaci\u00f3n, por parte de la Generalitat de Catalu\u00f1a- que determine un m\u00ednimo exento m\u00e1s atractivo o la bonificaci\u00f3n total del mismo, hasta su supresi\u00f3n definitiva por parte de la Administraci\u00f3n del Estado. Catalu\u00f1a es la comunidad aut\u00f3noma con m\u00e1s tributos propios y tipos impositivos m\u00e1s altos y la patronal catalana valora que el Impuesto de Patrimonio penaliza a las rentas medias, promueve la inactividad econ\u00f3mica y frena la atracci\u00f3n de talento. Foment recuerda que este tributo es una <em>rara avis<\/em> en v\u00edas de extinci\u00f3n ya que en Europa s\u00f3lo se mantiene en vigor en Espa\u00f1a y Francia. Espa\u00f1a suprimi\u00f3 este impuesto en 2008 y lo recuper\u00f3 a partir de 2011 -por compensar la p\u00e9rdida de recaudaci\u00f3n con motivo de la crisis- y requiere la renovaci\u00f3n anual. Francia ya ha previsto una profunda remodelaci\u00f3n del mismo.<\/p>\n<p>El impuesto de Patrimonio es un tributo estatal cedido a las comunidades aut\u00f3nomas, que lo regulan y recaudan, y esto provoca desigualdades. Catalu\u00f1a, Arag\u00f3n y Extremadura son las tres comunidades con este impuesto m\u00e1s elevado. En Madrid est\u00e1 bonificado al cien por cien. La Junta Directiva de Foment del Treball ha valorado que en el contexto de crisis pol\u00edtica e institucional hay que dar se\u00f1ales a los inversores para dinamizar la actividad econ\u00f3mica, atraer talento y facilitar las inversiones con la movilizaci\u00f3n de capital que, con este tributo, queda inactivo.<\/p>\n<p>\u00abLa administraci\u00f3n p\u00fablica -considera Foment- debe profundizar en una regulaci\u00f3n m\u00e1s provechosa para la actividad productiva, fomentar el ahorro individual y la capitalizaci\u00f3n de las empresas y, por tanto, la pol\u00edtica fiscal es clave y una carta de presentaci\u00f3n muy potente para atraer, mantener y fomentar la actividad econ\u00f3mica \u00ab.<\/p>\n<p>Para compensar la disminuci\u00f3n de recaudaci\u00f3n por parte de las comunidades aut\u00f3nomas, Foment propone que se valore la cesi\u00f3n de otros impuestos que el Estado gestiona actualmente con competencia exclusiva.<\/p>\n<p>Foment del Treball pide que la aplicaci\u00f3n de los impuestos deber\u00eda ser entendida para crear una situaci\u00f3n que haga compatible el mantenimiento del Estado del Bienestar, con una gesti\u00f3n eficiente de los impuestos y revertir de forma gradual el incremento continuado de la presi\u00f3n fiscal, que se justific\u00f3 a partir del a\u00f1o 2008 como consecuencia de la crisis econ\u00f3mica. La econom\u00eda crece y los principales organismos internacionales prev\u00e9n mejoras de los principales indicadores.<\/p>\n<h4><span style=\"color: #c1002b;\"><strong>Nuevos impuestos en el 2017<\/strong><\/span><\/h4>\n<ol>\n<li>El Impuesto de las bebidas azucaradas se aprob\u00f3 a principios de a\u00f1o y est\u00e1 en vigor desde el 1 de mayo. En julio comenz\u00f3 el primer periodo de autoliquidaci\u00f3n.<\/li>\n<\/ol>\n<ol start=\"2\">\n<li>Impost sobre els actius no productius de persones jur\u00eddiques, que es va meritar el passat 30 de juny. A dia d\u2019avui encara no s\u2019ha aprovat ni el reglament ni els par\u00e0metres de liquidaci\u00f3, previstos a partir de l\u2019any vinent. Aques impost est\u00e0 susp\u00e8s pel Tribunal Constitucional.<\/li>\n<\/ol>\n<ol start=\"3\">\n<li>En la ley de medidas fiscales aprobada el pasado 28 de marzo se introdujeron nuevos impuestos como el referido a las emisiones de di\u00f3xido de carbono de los veh\u00edculos de tracci\u00f3n mec\u00e1nica, y el de elementos radiot\u00f3xico que entrar\u00e1 en vigor el pr\u00f3ximo 1 de enero, mediante la ley 5\/2017, de medidas fiscales, administrativas, financieras y del sector p\u00fablico y de la creaci\u00f3n y regulaci\u00f3n de los impuestos de grandes establecimientos comerciales, sobre estancias en establecimientos tur\u00edsticos, sobre elementos radiot\u00f3xico, sobre bebidas azucaradas y sobre las emisiones de di\u00f3xido de carbono.<\/li>\n<\/ol>\n<ol start=\"4\">\n<li>El Parlament de Catalunya\u00a0ha aprobado -DOGC de 3 de agosto- la Ley 16\/2017 de cambio clim\u00e1tico, que modifica el impuesto aprobado por la ley de medidas del pasado 28 de marzo, y adem\u00e1s se anuncian dos nuevos impuestos :<\/li>\n<\/ol>\n<ul>\n<li>El primero sobre las <strong>actividades econ\u00f3micas que generan di\u00f3xido de carbono.<\/strong> El Gobierno presentar\u00e1 al Parlamento el proyecto de ley del impuesto sobre las actividades econ\u00f3micas que generan gases de efecto invernadero, por lo que el Parlamento pueda aprobar la ley correspondiente y el impuesto pueda entrar en vigor en 2019, con el agravio a\u00f1adido para las empresas sujetas al mercado europeo de derechos de comercio de derechos de emisiones. El impuesto de emisiones de di\u00f3xido de carbono de los veh\u00edculos de tracci\u00f3n mec\u00e1nica est\u00e1 suspendido el Tribunal Constitucional.<\/li>\n<\/ul>\n<ul>\n<li>El segundo sobre las <strong>emisiones portuarias de grandes barcos,<\/strong> de acuerdo con su art\u00edculo 39 y las disposiciones finales Und\u00e9cima y Duod\u00e9cima de esta ley.<\/li>\n<li>Adicionalmente, hay el Anteproyecto de ley de ordenaci\u00f3n del litoral, que en su art\u00edculo 25 se crea una nueva figura tributaria <strong>\u00abel canon de explotaci\u00f3n de actividad\u00bb,<\/strong> con un tipo impositivo del 3% de los beneficios netos anuales, que ya se encuentran grabados en el IRPF o el Impuesto de Sociedades por los rendimientos de las actividades econ\u00f3micas, ya sea por las personas f\u00edsicas o bien jur\u00eddicas, respectivamente.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Catalu\u00f1a destaca por ser la comunidad aut\u00f3noma con m\u00e1s tributos propios. Antes de la aprobaci\u00f3n de estos nuevos impuestos, Catalu\u00f1a dispon\u00eda, a finales del a\u00f1o pasado, de 14 tributos propios, siendo la comunidad aut\u00f3noma con un mayor n\u00famero.<\/p>\n<h4><span style=\"color: #c1002b;\"><strong>Tipos impositivos m\u00e1s altos: IRPF, Patrimonio&#8230;<\/strong><\/span><\/h4>\n<p>Catalu\u00f1a tiene tambi\u00e9n los tipos impositivos m\u00e1s altos respecto a la media estatal. Si analizamos el IRPF observamos que es la Comunidad Aut\u00f3noma con uno de los tipos, tanto m\u00ednimo como m\u00e1ximo, de los m\u00e1s elevados. Respecto del Impuesto sobre Patrimonio, en algunas de las comunidades aut\u00f3nomas est\u00e1 bonificado, pero en Catalu\u00f1a, conjuntamente con Arag\u00f3n y Extremadura es donde m\u00e1s se paga por este concepto.<\/p>\n<p>En relaci\u00f3n al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, Catalu\u00f1a est\u00e1 situada dentro de la media espa\u00f1ola. Cabe recordar, que en una comunidad como la de Madrid, el importe de Patrimonio no opera y el de Sucesiones y Donaciones tiene un car\u00e1cter testimonial por los supuestos m\u00e1s comunes.<\/p>\n<p>Finalmente, si analizamos el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jur\u00eddicos Documentados, Catalu\u00f1a fue pionera en subir los tipos impositivos, logrando actualmente los valores m\u00e1s elevados.<\/p>\n<p>Todo ello, en un contexto donde se est\u00e1n aplicando revisiones de los valores catastrales de los bienes inmuebles urbanos en ciudades, como Barcelona o Terrassa, con efectos del pr\u00f3ximo 1 de enero. Estos cambios, aparte de un incremento en el IBI, tendr\u00e1n un impacto directo sobre el Impuesto de Patrimonio, entre otros.<\/p>\n<p>Ante esta realidad hay que tener en cuenta, como m\u00ednimo, tres reflexiones:<\/p>\n<ol>\n<li>La realidad actual fomenta la imagen de Catalu\u00f1a como la de un territorio con impuestos altos, al menos comparativamente con el resto del Estado tanto por n\u00famero de impuestos como por los tipos nominales.<\/li>\n<\/ol>\n<p>La imagen de impuestos elevados y el marco normativo imprevisible no fomenta ni la captaci\u00f3n ni la retenci\u00f3n de talento ni de inversi\u00f3n, y por tanto de empleo.<\/p>\n<ol start=\"2\">\n<li>Un tema no menor es el revuelo que provoca la aplicaci\u00f3n de estos nuevos impuestos, tanto para las empresas como para el resto de contribuyentes, para comprender el dise\u00f1o y su aplicaci\u00f3n. Aparte de los elevados costes administrativos, este hecho crea tensiones y conflictos entre los contribuyentes y la administraci\u00f3n.<\/li>\n<\/ol>\n<ol start=\"3\">\n<li>Dada la contradicci\u00f3n de los tributos propios con los impuestos estatales, se deriva en un constante conflicto institucional entre las administraciones, con necesidad de la intervenci\u00f3n del Tribunal Constitucional. Por ejemplo, con el Impuesto sobre la provisi\u00f3n de contenidos por parte de prestadores de servicios de comunicaciones electr\u00f3nicas (canon digital) o el Impuesto sobre grandes establecimientos comerciales, entre otros.<\/li>\n<\/ol>\n<ol start=\"4\">\n<li>Todas estas nuevas figuras tributarias se dan en un contexto en que la recaudaci\u00f3n de la Agencia Tributaria de Catalu\u00f1a ha subido el 13,7% en el primer semestre de 2017. Destaca el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jur\u00eddicos Documentados, que lo ha hecho en un 17,5%.<\/li>\n<\/ol>\n<h4><span style=\"color: #c1002b;\"><strong>ANEXO<\/strong><\/span><\/h4>\n<h4><span style=\"color: #c1002b;\"><strong>Tributos Propios de Catalu\u00f1a el 2016:<\/strong><\/span><\/h4>\n<ul>\n<li>Canon del agua.<\/li>\n<li>Canon sobre la deposici\u00f3n controlada de residuos municipales.<\/li>\n<li>Canon sobre la deposici\u00f3n controlada de residuos industriales.<\/li>\n<li>Canon sobre la deposici\u00f3n controlada de residuos de la construcci\u00f3n (suspendida su aplicaci\u00f3n).<\/li>\n<li>Canon sobre la incineraci\u00f3n de residuos municipales.<\/li>\n<li>Gravamen de protecci\u00f3n civil.<\/li>\n<li>Impuesto sobre grandes establecimientos comerciales.<\/li>\n<li>Impuesto sobre las estancias en establecimientos tur\u00edsticos.<\/li>\n<li>Impuesto sobre los dep\u00f3sitos en las entidades de cr\u00e9dito (declarado inconstitucional).<\/li>\n<li>Impuesto sobre la emisi\u00f3n de \u00f3xidos de nitr\u00f3geno a la atm\u00f3sfera producida por la aviaci\u00f3n comercial.<\/li>\n<li>Impuesto sobre la emisi\u00f3n de gases y part\u00edculas a la atm\u00f3sfera producida por la industria.<\/li>\n<li>Impuesto sobre la producci\u00f3n de energ\u00eda el\u00e9ctrica de origen nuclear.<\/li>\n<li>Impuesto sobre la provisi\u00f3n de contenidos por parte de prestadores de servicios de comunicaciones electr\u00f3nicas y de fomento del sector audiovisual y la difusi\u00f3n de la cultura digital.<\/li>\n<li>Impuesto sobre las viviendas vac\u00edas.<\/li>\n<\/ul>\n<h4><span style=\"color: #c1002b;\"><strong>Tributos Propios de Catalunya creados el 2017:<\/strong><\/span><\/h4>\n<ul>\n<li>Impuesto sobre los activos no productivos de las personas jur\u00eddicas.<\/li>\n<li>Impuesto sobre bebidas azucaradas envasadas.<\/li>\n<li>Impuesto sobre el riesgo medioambiental de la producci\u00f3n, manipulaci\u00f3n y transporte, custodia y emisi\u00f3n de elementos radiot\u00f3xico.<\/li>\n<li>Impuesto sobre las emisiones de di\u00f3xido de carbono de los veh\u00edculos de tracci\u00f3n mec\u00e1nica (entrada en vigor a 1 de enero de 2018).<\/li>\n<li>Impuesto sobre las actividades econ\u00f3micas que generan gases de efecto invernadero.<\/li>\n<li>Impuesto sobre las emisiones portuarias de grandes barcos.<\/li>\n<li>Canon de explotaci\u00f3n de actividad (anteproyecto de ley de ordenaci\u00f3n del litoral).<\/li>\n<\/ul>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Pr\u00e1cticamente s\u00f3lo Espa\u00f1a y Francia en Europa cuentan con este impuesto, y este pa\u00eds tiene prevista una profunda remodelaci\u00f3n. Se trata de un tributo estatal cedido a las comunidades aut\u00f3nomas, que lo regulan y recaudan. Desde 2011 requiere la renovaci\u00f3n anual. Catalu\u00f1a es la comunidad con m\u00e1s tributos propios. Adem\u00e1s tiene una imagen muy negativa con respecto a la carga impositiva que perjudica a empresas, profesionales y familias. La Junta Directiva de Foment del Treball considera prioritario que en los pr\u00f3ximos meses se preste una atenci\u00f3n espec\u00edfica al impuesto de Patrimonio, con una regulaci\u00f3n, por parte de la Generalitat de Catalu\u00f1a- que determine un m\u00ednimo exento m\u00e1s atractivo o la bonificaci\u00f3n total del mismo, hasta su supresi\u00f3n definitiva por parte de la Administraci\u00f3n del Estado. 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