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maig, 2024

28mai10:0013:00Elevando el nivel de seguridad. Sustitución de las escaleras manuales por plataformas elevadoras de poca altura10:00 - 13:00 C =Prevención Riesgos Laborales

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(Dimarts) 10:00 - 13:00

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Elevando el nivel de seguridad. Sustitución de las escaleras manuales por plataformas elevadoras de poca altura

 

El trabajo en altura es una de las principales causas de lesiones graves y muy graves en el ámbito de los accidentes laborales. Gran parte de estos accidentes se originan en caídas desde tejados y cubiertas, que se producen mayoritariamente en el sector de la construcción. No obstante, no hay que infravalorar las caídas que se producen desde escaleras de mano, ya que este equipo de trabajo está presente en todos los sectores y también constituyen una fuente significativa de riesgos laborales.

Tal y como establece el Anexo II.4 del Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, «la utilización de una escalera de mano como puesto de trabajo en altura deberá limitarse a las circunstancias en que, habida cuenta de lo dispuesto en el apartado 4.1.1, la utilización de otros equipos de trabajo más seguros no esté justificada por el bajo nivel de riesgo y por las características de los emplazamientos que el empresario no pueda modificar».

En este contexto, la sustitución de escaleras de mano por plataformas de trabajo de poca altura pueden ser una alternativa óptima. Esta medida no solo permite cumplir con la normativa vigente y prevenir accidentes laborales por caídas, sino que también contribuye a mejorar las condiciones ergonómicas en las que se lleva a cabo el trabajo. Además, esta transición hacia métodos más seguros impactará positivamente en el rendimiento y los tiempos de trabajo, así como en la mejora de la productividad de los empleados.

Organitzador

Of. Técnica de Prevención de Riesgos Laborales

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