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Retirada del Reino Unido y normas de la Unión en el ámbito de las aduanas y el comercio exterior. Origen preferencial de las mercancías

Documentos Brexit

4 de junio de 2018

RETIRADA DEL REINO UNIDO Y NORMAS DE LA UNIÓN EN EL ÁMBITO DE LAS ADUANAS Y EL COMERCIO EXTERIOR ORIGEN PREFERENCIAL DE LAS MERCANCÍAS

El 29 de marzo de 2017, el Reino Unido notificó su intención de retirarse de la Unión en virtud del artículo 50 del Tratado de la Unión Europea. Esto significa que, salvo que un acuerdo de retirada ratificado fije otra fecha, todo el Derecho primario y el Derecho derivado de la Unión dejará de aplicarse al Reino Unido a partir del 30 de marzo de 2019 a las 00.00 horas CET (la «fecha de retirada»). En ese momento, el Reino Unido pasará a ser un «tercer país»

Se recuerdan a estos las consecuencias jurídicas relativas a las normas de origen para el tratamiento preferencial de las mercancías, que habrán de considerarse cuando el Reino Unido pase a ser un tercer país. Concretamente, a partir de la fecha de retirada, dejarán de aplicarse al Reino Unido los acuerdos comerciales preferenciales de la UE con terceros países en el ámbito de la política comercial común y las aduanas.

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